Nota: Este artículo fue publicado originariamente en Expansión el día 03/10/2020 (versión papel —p. 43—).
La aprobación del nuevo Real Decreto-ley 30/2020, de 29 de septiembre, de medidas sociales en defensa del empleo constituye una certeza y un importante alivio para muchas empresas y muchos trabajadores.
El objetivo de sus medidas es noble y, seguramente, justo: proteger el empleo existente y la estructura empresarial mientras la situación extraordinaria de la pandemia de la COVID-19 persista y no caer, bajo ningún concepto, en el abismo económico, social e, incluso, político.
Ahora bien, gran parte de las medidas jurídico-laborales aprobadas tienen una fecha de vigencia limitada: el 31 de enero de 2021. Una limitación temporal lógica ante una incertidumbre y temor de rebrotes crecientes y el ingente coste económico que presiona incesantemente las cuentas públicas.
Y justamente por estos dos factores resulta obligado, si no es que ya lo ha sido desde el inicio de la pandemia (y, en general, siempre), verificar la eficiencia económica y social de las medidas como manifestación del principio de justicia en el presente y en el futuro.
A estos efectos, desde una perspectiva jurídico-laboral, y más allá de opciones político-económicas, proteger el empleo debería pasar ahora (y siempre) porque se facilite a los operadores jurídicos la aplicación efectiva de las medidas y, si resulta necesario, deberían ser clarificadas con la mayor prontitud y refundirlas por el legislador. Demasiadas veces la ambigüedad de las normas y la inconcreción de cuestiones administrativas pueden no permitir una efectiva protección y el esfuerzo y “desgaste” de los operadores jurídico-laborales —abogados laboralistas, graduados sociales, la Inspección de Trabajo y de Seguridad Social, el personal del SEPE, responsables de gestión de personas, jueces y magistrados y académicos, entre muchos otros— ha sido y continúa siendo de una altísima intensidad. Asimismo —y como reverso— se debería ser implacable ante el eventual fraude de empleadores y de trabajadores. Por este motivo resulta necesario mejorar los sistemas y la intensidad del control ex ante y, sobre todo, ex post de la aplicación de las medidas jurídico-laborales en la pandemia. Unas mejoras que, en todo caso, no pueden ser sinónimo de (una nueva) complejidad normativa.
Por tanto, la mejora de la calidad normativa y del control ex post es un imperativo para el reto de la efectiva y eficiente protección del empleo en el contexto de pandemia.
Pero proteger el empleo en la pandemia no es suficiente y debe potenciarse su creación tanto durante la misma como una vez finalizada. Esperar a que la ciencia halle una cura (definitiva) y que la situación vuelva a la “normalidad” es una opción extremadamente arriesgada. Y es que desafortunadamente, es previsible que, tarde o temprano, una parte de los ERTE puedan derivar en despidos. Negar o contener subsidiada, eternamente y a cualquier precio la posibilidad de reestructuración empresarial puede no solo ser ineficiente, sino injusto socialmente.
Es necesario, entonces, que desde ya se incremente contundentemente la respuesta normativa y económica para facilitar la creación de (nuevo) empleo e, incluso, incentivar la movilidad laboral. También existe, consecuentemente, el reto de crear empleo en la pandemia.
En este sentido, la recepción de fondos europeos es una oportunidad que no debe desaprovecharse y deberían utilizarse escrupulosa y eficientemente. Y ello implica, indudablemente, que los mecanismos que finalmente se implementen para la selección de proyectos sean transparentes y no primen, de facto, intereses espurios. Los ejes donde eventualmente invertir o qué incentivar no son ni muchos menos desconocidos. Captar y retener talento (nacional e internacional), una mayor y efectiva conexión entre el mundo universitario y empresarial, la reindustrialización, la digitalización, la inteligencia artificial y afrontar el cambio climático no son opciones, sino imperiosas necesidades actuales y futuras. Evitemos que el reto de proteger el empleo y el de crear empleo en la pandemia se contrapongan y se genere un importante dilema en el futuro entre ellos. Solo una pronta acción jurídica y económica de calidad y eficiente podrá llegar a evitarlo. En caso contrario, colectivamente nos resentiremos y la desigualdad social podrá incrementar a niveles difícilmente sostenibles.