
Ilegalidad de la obligación de aportar correo electrónico personal en el teletrabajo y derecho a la distribución de información sindical (SAN 27/06/2022)
Comentario a la SAN, Sala de lo Social, 27/06/2022 (sent. 99/2022) que concluye que es ilegal que el empleador obligue a aportar un correo electrónico personal al teletrabajador, siendo el primero quien debe proporcionarlo y quien debe garantizar el derecho a la distribución de información sindical entre las secciones sindicales y los teletrabajadores, así como que éstas dispongan de un tablón de avisos virtual y accesible provisto por él.