
¿Hacia un Estatuto del Trabajo del siglo XXI en España?
¿Realmente vamos hacia un Estatuto del Trabajo del siglo XXI en el ordenamiento español?

¿Realmente vamos hacia un Estatuto del Trabajo del siglo XXI en el ordenamiento español?

¿Las exclusiones de teletrabajo asalariado realizadas explícita e implícitamente por la ley española de trabajo a distancia son vulneradoras del derecho a la igualdad y a la no discriminación?

Comentario sobre la publicación de la monografía “El modelo de responsabilidad laboral en los grupos de empresas: una anatomía crítica”, con presentación de la Dra. M.ª Emilia Casas Baamonde y prólogo del Dr. Ignasi Beltran de Heredia Ruiz.

Comentario sobre la reciente publicación del libro “Reestructuraciones empresariales. Comunicaciones del XXXI Congreso Anual de la Asociación Española de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social” (publicado por el Ministerio de Trabajo y Economía social) y, en particular, sobre mi participación con la comunicación sobre la filialización en el grupo de sociedades como medida de mantenimiento empresarial y de empleo.

¿Realmente vamos hacia un Estatuto del Trabajo del siglo XXI en el ordenamiento español?

¿Las exclusiones de teletrabajo asalariado realizadas explícita e implícitamente por la ley española de trabajo a distancia son vulneradoras del derecho a la igualdad y a la no discriminación?

Comentario sobre la publicación de la monografía “El modelo de responsabilidad laboral en los grupos de empresas: una anatomía crítica”, con presentación de la Dra. M.ª Emilia Casas Baamonde y prólogo del Dr. Ignasi Beltran de Heredia Ruiz.

Comentario sobre la reciente publicación del libro “Reestructuraciones empresariales. Comunicaciones del XXXI Congreso Anual de la Asociación Española de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social” (publicado por el Ministerio de Trabajo y Economía social) y, en particular, sobre mi participación con la comunicación sobre la filialización en el grupo de sociedades como medida de mantenimiento empresarial y de empleo.